Coberturas

  • Renta Hospitalaria: La compañía pagará el 100% del Beneficio por cada día de 24 horas continuas de internamiento en una Institución Hospitalaria, hasta un máximo de 30 días por año, como límite máximo por enfermedad o accidente, si como consecuencia de ellas, haya sido necesaria la hospitalización del asegurado debidamente certificada por un médico, sin considerar convalecencia, independientemente del gasto real en que haya incurrido el asegurado. Para los efectos de esta cobertura, se considera que cada día se inicia a la hora del internamiento y concluye a la misma hora del día siguiente.
  • Muerte Accidental: En caso el asegurado fallezca a consecuencia de un accidente ocurrido durante la vigencia de esta Póliza, ya sea que el accidente haya ocurrido en territorio nacional o internacional.

Beneficios adicionales

Asistencias Médicas

Monto máximo

Máximo de eventos

Atención médica ambulatoria en medicina general, urología y ginecología

Copago S/30

4 eventos

Telemedicina

Sin Límite

4 eventos

Médico a domicilio

Copago S/30

Sin Límite

Ambulancia por emergencia

Hasta S/450

2 eventos

Orientación médica telefónica

Sin límite

Sin límite

Orientación psicológica telefónica

Sin límite

3 eventos

Servicio de traslado de acompañante en caso de lesiones por accidente o robo

Hasta S/250

2 eventos

Referencia de médicos especialistas, laboratorios, hospitales y centros médicos

Sin Límite

Sin Límite

Asistencias Hogar

Monto máximo

Máximo de eventos

Gasfitero por emergencia

Hasta S/250

2 eventos

Electricista por emergencia

Lavado de colchones

Lavado de muebles

(*) Para acceder al servicio de Asistencia deberás comunicarte al (01) 610-6695. Este servicio es brindado por la empresa IMPULSA 365 S.A.C

Tarifa

Rango de Edad

Primas

Plan N° 1

Plan N° 2

0-21

Prima Comercial + IGV

S/29.90

S/34.90

21-54

Prima Comercial + IGV

S/39.90

S/44.90

55-64

Prima Comercial + IGV

S/74.90

S/ 79.90

65-69 (Sólo renovación)

Prima Comercial + IGV

S/115.00

S/ 119.90

Principales exclusiones

Para la cobertura de Muerte Accidental:

a) Suicidio, consciente y voluntario, dentro de los dos (02) primeros años de vigencia de la cobertura; intento de suicidio, auto mutilación o auto lesión.

b) Por acto delictivo cometido por el beneficiario o heredero contra el ASEGURADO, en calidad de autor o cómplice, dejando a salvo el derecho a recibir la suma asegurada de los restantes beneficiarios o herederos, si los hubiere, así como su derecho de recibir la parte proporcional de la suma asegurada que le correspondía al beneficiario excluido.

c) Viajes aeronáuticos que haga el ASEGURADO en calidad de pasajero en vuelos de itinerarios no fijos ni regulares.

d) Participación del ASEGURADO como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o de resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.

Para la cobertura de Renta Hospitalaria por Accidente o Enfermedad:

a) Intento de suicidio o lesiones intencionalmente auto infligidas, esté o no el ASEGURADO en su sano juicio, o cualquier acto relacionado a tales sucesos.

b) Hospitalización para el tratamiento a la adicción a las drogas, alcoholismo, cualquier tipo de enfermedad mental o cirugía plástica o cosmética salvo que sea necesaria como resultado de un accidente que haya ocurrido después del inicio de la vigencia de la póliza.

c) Curas de Reposo.

d) Embarazo, parto, aborto o cualquier enfermedad o complicación surgida a causa de estos hechos.

Para conocer más información de las exclusiones revisa el certificado del seguro.

Más información

  • BanBif icono Edad mínima de ingreso: 0 años.
  • BanBif icono Edad máxima de permanencia: 69 años y 364 días.
  • BanBif icono Edad máxima de ingreso: 64 años y 364 días.
  • BanBif icono Forma de pago: Contar con una Tarjeta de Crédito o Cuenta de Ahorros de BanBif.

Requisito de Edad establecido por la Compañía de Seguros.

Si no pagas dentro de los 90 días transcurridos desde el vencimiento de la primera obligación de pago, el seguro quedará extinguido automáticamente.


Se puede hacer consultas o presentar reclamos de forma verbal o escrita, a través de los mecanismos que a continuación se detallan:

a. En forma verbal o por escrito (carta simple) en la oficina principal de la COMPAÑÍA ubicada en Calle Amador Merino Reyna N° 267 Of. 402 - San Isidro. Telf. (51-1) 417-5000 (*).

b. Escribiendo a: atencion.seguros@chubb.com o ingresando a nuestro formulario web de Atención de Consultas y Reclamos que se encuentra en la siguiente dirección http://www.chubb.com/pe opción “Contáctenos” – “Solicitud Electrónica”.

c. Llamando a las Ejecutivas de Atención al Cliente a los teléfonos 399-1212 o (51-1) 417-5000 (*)

(*) Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 am a 6:00 pm.


Dar aviso a la Compañía de Seguros, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendarios de ocurrido el evento, o de haber tomado conocimiento del beneficio.


Comunícate con la empresa IMPULSA 365 S.A.C al (01) 610-6695.


No, la renovación es automática.


El certificado será enviado al correo electrónico registrado en el banco en un plazo máximo de 15 días posterior a la afiliación.

Puedes ejercer tu derecho de arrepentimiento para resolver el contrato sin expresión de causa ni penalidad alguna dentro de los 15 días posteriores, a la fecha de recepción de la póliza y podrás hacerlo a través de los mecanismos de forma, lugar y medios que usaste para la contratación del seguro.

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